Derecho de sociedades

Nuestros servicios

Derecho de sociedades en España

En derecho societario, ayudamos a los empresarios que realizan negocios en España o desean hacerlo.

En Dr. Höhne, cuentas con asesoramiento jurídico experto para:

  • escoger la forma jurídica de la sociedad que quieras constituir en España
  • crear y registrar una empresa en España
  • redactar los estatutos sociales de las empresas españolas
  • nombrar y cesar directores u órganos de administración
  • convocar y celebrar juntas de accionistas

En caso de disputas entre empresas o entidades corporativas, desarrollamos la estrategia de litigio junto contigo y te representamos dentro y fuera de los tribunales.

El derecho societario es una de nuestras principales competencias. Nuestros clientes se benefician de nuestros más de 25 años de experiencia práctica y de nuestro conocimiento en derecho societario español y catalán.

El derecho corporativo en España tiene numerosas interdependencias con otras áreas del derecho. Una de las más comunes y desafiantes es con la legislación fiscal. Como despacho de abogados y asesores fiscales en la Costa Brava, te apoyamos en derecho de sociedades y en todas las cuestiones fiscales.

Sociedades

Existen diferentes formas jurídicas que puede adoptar una empresa en España.

Las sociedades de capital son especialmente interesantes para las personas que quieren hacer negocios en España.

La Ley de Sociedades de Capital regula los siguientes tipos de sociedades:

  • Sociedad Anónima (S.A.)
  • Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.)
  • Sociedad Comanditaria por Acciones (S. Com.).

También es una opción constituir una sociedad española de derecho civil, la denominada Sociedad Civil. Sin embargo, este tipo de sociedades tiene desventajas significativas en comparación con la S.L. o la S. A.

Los siguientes puntos son clave para decidir    qué forma jurídica elegir:

  • En el caso de las sociedades anónimas (S.A.), la responsabilidad de los socios por las deudas de la sociedad se limita generalmente al aporte de capital. Mientras, los socios de una sociedad civil responden personalmente por las deudas de la sociedad.
  • En comparación con Europa Central, el capital social mínimo requerido para la Sociedad Limitada (S.L.) es bajo, ya que es de solo € 3.000.
  • Constituir una S.L. es rápido y fácil en España. Normalmente, sólo se tarda de 2 a 3 semanas entre la decisión de fundar una empresa y su inscripción en el Registro Mercantil.
  • En las sociedades de capital es más fácil la separación y diferenciación de las áreas de patrimonio entre la sociedad y los accionistas.

Cuando se trata de las S.A., S.L. y S. Com., si no todos los socios accionistas son residentes en España, la residencia de la sociedad y su tratamiento fiscal plantean cuestiones a veces difíciles de aclarar.

Sociedad de Responsabilidad Limitada (S.L.)

De las tres sociedades de capital mencionadas anteriormente, la S.L. suele ser la más común.

Por un lado, la liquidez necesaria es inferior a la requerida para la S.A. El capital social mínimo de la S.L. es de € 3.000 versus € 60.000 que requiere la S.A.

Constituir una S.L. es rápido y ofrece un alto grado de flexibilidad en cuanto a la organización interna, reglas de representación y forma de toma de decisiones (juntas de accionistas), en comparación con otras formas jurídicas.

Podemos ayudarte durante todo el proceso de fundación de una sociedad española. Después de constituirla, también te asesoramos en materia de contabilidad, nóminas y derecho fiscal.

Nombramiento y cese de los directores generales

La asamblea de accionistas nombra o destituye a los directores generales (administradores) de las corporaciones.

Como órganos sociales, los directores no son trabajadores por cuenta ajena en el sentido del derecho laboral español, máxime cuando ejercen la función de administradores de las empresas que gestionan.

El director general obtiene su cargo por la correspondiente resolución de la junta de accionistas. Esta decisión debe inscribirse en el Registro Mercantil y elevarse a escritura pública.

El nombramiento del primer director general de una S.L. ya tiene lugar al fundarse la S.L.

Disputa de accionistas

Los conflictos entre accionistas pueden surgir de malentendidos financieros o personales, o simplemente de distintas ideas sobre la gestión empresarial.

Hay mucho en juego para los accionistas o directores generales involucrados, ya que tales disputas pueden tener graves consecuencias.

La redacción anticipada de los estatutos puede ayudar a evitar conflictos entre los accionistas o llegar a un acuerdo aceptable para las partes implicadas. Esto es especialmente cierto en las sociedades de dos personas, donde pueden surgir bloqueos en las votaciones.

Conversión o reestructuración/fusión

Otro ámbito cubierto por el derecho de sociedades español es la conversión o reestructuración de entidades jurídicas existentes. Esto implica fusiones, escisiones, transferencias de activos y cambios de forma jurídica.

Dichas conversiones pueden tener lugar dentro de España y en otros países de la Unión Europea. Los procesos de transformación son complejos por las implicaciones fiscales.

En este caso, es indispensable un conocimiento experto del derecho fiscal y societario español e internacional.

En derecho corporativo español, podemos apoyarte en todas las áreas, en particular:

  • constitución de todas las formas societarias españolas
  • elección de la forma jurídica
  • organización de juntas de accionistas
  • preparación de acuerdos y resoluciones de las juntas de accionistas e inscripción en el Registro Mercantil
  • impugnación de acuerdos de la junta de accionistas
  • representación en conflictos de accionistas
  • pérdida o caducidad de acciones
  • exclusión de accionistas
  • nombramiento y cese de los directores generales
  • cambios de objeto social y domicilio social
  • conversión o reestructuración
  • adquisiciones y operaciones societarias
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